La Sub-secretaría de Asuntos Estudiantiles ha implementado el Régimen de Pasantías Rentadas dirigida a estudiantes Universitarios de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26.427 promulgada el 18 de diciembre de 2008. Se entiende como “pasantía educativa” al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio (Art. 2º Ley 26.427).
Regular
1º y 2º año aprobados - Fac. de Ing. hasta 3º año
Igual o superior a 5 (cinco)
Ficha de inscripción - Foto carnet - Constancia CUIL - Negativa ANSES - Vitae
General del Sistemas de Pasantías UNSTA
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– Profundicen la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida, desde una concepción cultural;
– Realicen prácticas complementarias a su formación académica, que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursan;
– Incorporen saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo;
– Adquieran conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción en el ámbito laboral;
– Aumenten el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes;
– Cuenten con herramientas que contribuyan a una correcta elección u orientación profesional futura;
– Se beneficien con el mejoramiento de la propuesta formativa, a partir del vínculo entre las instituciones educativas y los organismos y empresas referidos en el artículo 1º de la presente ley;
– Progresen en el proceso de orientación respecto de los posibles campos específicos de desempeño laboral (Art. 3º. Ley 26.427).